Incentivos Tributarios para la Inversión Privada en Investigación y Desarrollo (I+D): Análisis del tema en Chile y Ley 20.241
Ideas Principales:
- El punto de partida está en las recomendaciones de la OECD a Chile, constatando la deficiencia en la inversión privada en Investigación y Desarrollo (I+D) que tiene nuestro país.
- Se recomienda de esta manera el establecimiento de incentivos tributarios, de manera de motivar al sector empresarial a invertir en I+D, contando con mecanismos de deducción como crédito y gasto contra el impuesto a la empresa.
- La Ley 20.241 establece incentivos tributarios para la inversión privada en I+D, por lo que interesa analizar previamente qué mecanismos existían antes de la entrada en vigor de esta normativa.
- Ya el Artículo 31 Nº 11 de la Ley de la Renta contemplaba la deducción como gasto de la renta líquida del ejercicio a efectos del pago del Impuesto de Primera Categoría (de un 17% actualmente), respecto del gasto en investigación científica y tecnológica en beneficio de la empresa.
- También se establecieron en nuestro país incentivos territoriales, estableciendo zonas francas, y exenciones de impuesto para empresas que produjeran en estos territorios, con lo cual nos interesa analizar la eficiencia de estos mecanismos.
- La experiencia comparada nos sirve de sobremanera, para analizar que opciones han tomado otros países al momento de establecer mecanismos de incentivo tributario para la inversión privada en I+D. A este respecto, analizaremos a países como Argentina, Brasil, EEUU, y países de la Unión Europea.
- De este modo, terminaremos analizando la introducción del mecanismo de crédito por parte de la Ley 20.241, a efectos de analizar si el incentivo tributario es tal, si es eficiente en su aplicación, y extrayendo las ventajas y desventajas de este cuerpo normativa, para terminar con propuestas de alternativas a este mecanismo que hubieran conllevado un incentivo mayor a la inversión.
- Terminaremos el estudio con un ejercicio práctico, en el cual usando valores aproximados a los de una empresa del sector secundario de producción, realizaremos una “Prueba de Rendimiento” a la ley, a efecto de determinar qué tan eficiente resulta este mecanismo como un real y buen incentivo tributario, que tenga como corolario el aumento de la inversión privado y un mayor desarrollo de la producción en nuestro país.
Nicolás Alegría O.
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